¿En cuántos proyectos de construcción civil has tenido la oportunidad de trabajar? Como trabajador de este sector, es importante que conozcas más acerca de tu régimen laboral y con ello, todos los derechos y responsabilidades que conlleva. ¿Te gustaría saber más, maestro? ¡Entonces, sigue leyendo esta nota que aquí te cuento más!
Empecemos por definir el régimen laboral
Se trata de un régimen especial donde los derechos y beneficios se pactan mediante negociaciones colectivas. Dichas negociaciones son hechas anualmente por CAPECO (Cámara Peruana de Construcción) en representación de los trabajadores del sector. La norma que regula este régimen es el Decreto Legislativo 727 y afecta actividades propias de la construcción como la preparación de terrenos, construcción parcial o total de edificios u obras de ingeniería civil, acondicionamiento y/o terminación de edificios, y renta de equipos de construcción y demolición.
Resolvamos dudas: ¿Todos los trabajadores están afectos a este régimen?
La respuesta es que no, si una obra no supera los 50 UIT de costo, el empleador no tiene la obligación de pagar los beneficios que trae este régimen.
¿Qué dice la norma respecto al sueldo de los trabajadores de construcción civil?
Un dato interesante de esta norma es que fija el sueldo básico por jornal para operarios, oficiales y peones, los cuales, hasta fines de mayo de 2023, corresponde a S/. 80.50, S/. 63.15 y S/. 56.80, respectivamente.
¿Qué beneficios tienen los trabajadores que están bajo este régimen?
Los beneficios son varios; por ejemplo:
Recibes dos gratificaciones al año
Pagos adicionales en julio y diciembre que equivalen a una remuneración mensual.
Tienes derecho a vacaciones
De 30 días por cada año de trabajo para el mismo empleador: Esto te permite descansar y desconectarte, mejorando así tu salud física y mental.
Tienes derecho a CTS
equivalente al 15% de las remuneraciones básicas.
Deben pagarte las horas extras
Recibes un 60% sobre la tasa hasta la décima hora y 100% después de la décima hora hasta las 11 p.m. Para horas extra posteriores, los honorarios se pactan por ambas partes.
Diversas bonificaciones
Además de los beneficios mencionados, los trabajadores de la construcción civil también tienen derecho a varias bonificaciones adicionales. Estas incluyen la bonificación unificada de la construcción, por turno nocturno, por movilidad acumulada, por asignación escolar, por contacto directo con el agua o aguas servidas, por riesgo de trabajo bajo la cota cero, por altura y por altitud (según corresponda).
Corresponde asignación por defunción y permisos por duelo
Si falleces tus deudos reciben una asignación. Por otro lado, en casos de fallecimiento de un familiar cercano, el régimen laboral contempla permisos para el duelo.
Feriado por el Día del Trabajador de Construcción Civil
Cada 25 de octubre ¡no es laborable para nosotros!
Mejores condiciones laborales
El régimen establece condiciones laborales a favor de nosotros los trabajadores; por ejemplo, nos deben proveer de dos uniformes de trabajo, acceso a agua potable, en turnos de corridos nos deben proveer refrigerio; tenemos acceso a becas por estudio; y finalmente, el empleador paga nuestros viáticos siempre y cuando seamos contratados para trabajar en un lugar distinto en el que vivimos. Otros beneficios a los que tenemos acceso son un seguro de salud (por EsSalud), seguro de vida y un sistema de pensiones.
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